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CONOZCA LOS BENEFICIOS PARA LAS PYMES EN TORNO A LA AFECTACIÓN ECONÓMICA POR EL COVID-19




En respuesta a la emergencia que vive nuestro país a raíz del COVID-19, se han creado una serie de medidas financieras, fiscales y crediticias para respaldar a las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes). Para hacer oficiales los beneficios otorgados por dichas medidas, se deben realizar algunos procedimientos, los cuales, detallaremos más adelante.

A continuación, se resumen las principales medidas por las que usted puede optar:


  • Reducción de jornadas laborales a empleados

 La Asamblea Legislativa aprobó recientemente la reducción de jornadas de trabajo, lo que autoriza a las empresas a disminuir la jornada a sus empleados entre un 50% y 75% según la caída de sus ingresos.

  • Si los ingresos de su empresa se han reducido hasta en un 20% , usted cuenta con la posibilidad de disminuir las jornadas laborales hasta en un 50%.

  • Si sus ingresos han disminuido hasta en un 60% o más, usted podrá disminuir las jornadas hasta un 75%.

¿Cómo logro demostrar la caída de mis ingresos? Esta medida aplicará siempre y cuando se demuestre que la caída de los ingresos está relacionada con el COVID-19. La disminución de ingresos debe demostrarse en comparativa con el mismo mes del año anterior (2019).  ¿Cómo aplico este beneficio? Consulte la información y los requisitos para aplicar a este beneficio en el siguiente enlace:



  • Suspensión temporal de contratos de trabajo

La suspensión temporal exime al patrón de pagar el salario de sus empleados, dándole la oportunidad de que posterior a la crisis del COVID-19 la empresa decida si desea o no retomar el contrato. ¿Qué debo saber para aplicar? Es necesario presentar una declaración jurada emitida por un abogado, en donde se expongan las causas que le otorgan fundamento a la suspensión.  Se debe demostrar que el patrono cumple con el pago del salario mínimo correspondiente y que se encuentra al día con los pagos de cargas sociales a la Caja Costarricense del Seguro Social y el Instituto Nacional de Seguros. ¿Cómo aplico este beneficio? Consulte la información y los requisitos para aplicar a este beneficio en el siguiente enlace:



  • Moratoria del impuesto al valor agregado

El pago del IVA correspondiente a los meses de abril, mayo y junio 2020, se podrá postergar hasta el 31 de diciembre del 2020, sin incurrir en el pago de multas o intereses. Recuerde que aunque no vaya a realizar el pago durante dichos meses, igual deberá presentar su declaración. ¿Cómo aplico este beneficio? No debe realizar ningún trámite, ya que,  este beneficio forma parte del "Proyecto de Alivio Fiscal ante el COVID-19".

  • Moratoria de los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades 

Se habilita la posibilidad de no realizar los pagos parciales de adelanto del impuesto sobre las utilidades, estipulados para los meses de abril, mayo o junio 2020. ¿Cómo aplico este beneficio? No debe realizar ningún trámite, ya que,  este beneficio forma parte del "Proyecto de Alivio Fiscal ante el COVID-19". Conozca más sobre este proyecto en el siguiente enlace:



  • Beneficios asociados a la CCSS

La Caja Costarricense de Seguro Social ha anunciado diversas medidas para apoyar a las Pymes.


  • Flexibilidad de pago en los convenios de pago: Los arreglos de pago que presenten atrasos no deberán realizar pagos adicionales para estar al día.

  • Flexibilidad en pagos de planilla: si el patrono o trabajador independiente se atrasa con el pago planilla a partir de febrero 2020 y hasta el 30 de junio de 2020, se aprobó el beneficio de hacer convenios de pago. En el caso de los patronos deben cumplir con el pago de los aportes de la Ley de Protección al Trabajador, los trabajadores independientes, deberán realizar el pago inicial del 5% de las cuotas atrasadas. 

  • Se congelan las gestiones de cobro y los cierres de negocios: se postergaron hasta el 30 de junio de 2020 las gestiones de cobro, así como los procedimientos de cierre de negocios por morosidad, de demandas de cobro o denuncias por retención indebida.

  • Reducción de tasas de interés en los arreglos de pago: se reduce la tasa de interés para los arreglos de pago al 5,5%, correspondiente a la Tasa Básica Pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica más un punto porcentual.

Conozca más sobre los beneficios Repase más sobre este proyecto en el siguiente enlace:


  • Beneficio de pago fraccionado de tarifa eléctrica ICE

Este beneficio le otorga la posibilidad de pagar el 50% del consumo durante marzo, abril y mayo tanto para sector industrial como para el sector comercial, esto si se consumen más de 2,000 KWH por mes. ¿Cómo aplico este beneficio? Debe realizar su solicitud por medio de la agencia virtual del ICE a través del siguiente enlace:



Comunicación Institucional AVD Internacional

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